¿Porqué afiliarse?
La Afiliación es el derecho de los trabajadores de agruparse y que posibilita elaborar acciones colectivas con el fin de mejorar las relaciones laborales.
La Afiliación Gremial es necesaria para desarrollo Sindical. Sólo a través de su organización y estructuración, los trabajadores pueden elaborar acciones colectivas que posibiliten mejorar la distribución de la riqueza y proponer programas que mejoren su calidad de vida.
¿Qué necesito para afiliarme?
Completar debidamente la planilla SOLICITUD DE INSCRIPCION y hacerla llegar a el delegado de la planta, la delegación que le corresponde ó directamente al departamento de afiliaciones con toda la siguiente documentación:
Para el Titular
Solicitud de inscripción.
Fotocopia del Documento de Identidad (primera y segunda hoja).
Fotocopia de recibo de sueldo.
Para la Esposa/o
Fotocopia del Documento de Identidad (primera y segunda hoja).
Fotocopia Certificado de Matrimonio y Constancia de CUIL.
El esposo debe presentar uan vez al aáo la Negativa expedida por la ANSES.
Para la Concubina/o
Fotocopia del Documento de Identidad (primera y segunda hoja).
Certificado de un Juez de Paz donde Acredite 2 años de Convivencia o
Partida de Nacimiento de Hijo en común.
Constacia de CUIL.
El Concubinato debe renovarse anualmente antes del 1 de Marzo.
Para los Hijos
Fotocopia Documento de Identidad (primera y segunda hoja).
Fotocopia Partida de Nacimiento y CUIL.
Para los hijos/as solteros que excedan los 21 años, se deberá presentar el certificado de estudios como constancia de alumno regular. Dicho certificado deberá renovarse anualmente hasta los 25 años inclusive al comenzar y finalizar las clases.
Para los hijos/as incapacitados, se deberá presentar la certificación médica en la que conste la incapacidad y el estado actual del paciente, expedida por Ministerio de Salud Pública conforme al art. 3 de la Ley 22.431.- (Se aprueba con dictamen de nuestra Auditoría Médica).
Ley 22.269 Art. 7:
Son beneficiarios del sistema previsto en esta ley, EL TITULAR y su GRUPO FAMILIAR PRIMARIO integrado por:
El cónyuge.
Los hijos varones solteros hasta los 21 años de edad, si cursaren regularmente estudios la cobertura se extenderá hasta los 25 años de edad.-
Las hijas solteras hasta los 21 años de edad, si estudiaren hasta los 25 años.-
Los hijos e hijas incapacitados a cargo del beneficiario titular, cualquiera fuera su edad.